¿Cómo crear una Sociedad Anónima en Panamá?

Esta es una pregunta muy frecuente. Muchas son las personas que ven a Panamá como un atractivo para invertir. Sin embargo, hay dudas al respecto que hoy queremos despejar. 

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Las Sociedades son causa del desarrollo económico mundial. En Panamá hay diferentes tipos de Sociedades Comerciales para poder constituir una empresa, estas son:

  • Sociedad Colectiva 
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada
  • Sociedad en Comandita (Simple y por Acciones) 
  • Sociedad Anónima 
  • Sociedades Cooperativas 
  • Asociaciones Accidentales o Cuentas en Participación

Esta vez hablaremos sobre las Sociedades Anónimas (S.A), ya que muchos son los negocios que se desarrollan a través de este tipo. Estos pueden ser de gran o menor tamaño como: industrias, bancos, seguros, de rubro marítimo, etc.

La Ley panameña para esta Sociedad es práctica. Esto favorece la creación y manejo de las mismas.

La Ley 32 de febrero de 1927, es la que regula las Sociedades Anónimas. Lo ha hecho así por más de 90 años. Además, establece el procedimiento a  seguir cuando se desea constituir una de este tipo.

Pueden formarla dos o más personas naturales, de cualquier nacionalidad; aunque no estén domiciliadas en la República de Panamá. 

¿En qué consiste?

David Medrano, Abogado con Idoneidad No. 17,337, nos cuenta que la Sociedad Anónima es un acuerdo entre dos o más personas mayores de edad. Estas deben suscribir al menos una acción cada una. No es necesario que estés presente al momento de la constitución, si te apoyas en los abogados que ofrecen el servicio de suscriptores nominales, quienes comparecen ante el notario y de esta forma inician los trámites de constitución.
 
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Además, deben suscribirse a un Pacto Social que deberá contener el monto del capital social, el número y el valor nominal de las acciones en que se divide.

Medrano afirma que es Pacto Social es tan importante porque es el documento mediante el cual se constituye la sociedad,  debe transcribirse en una escritura pública y por consiguiente se debe inscribir en el Registro Público de Panamá.

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La creación de este tipo de sociedad se lleva a cabo entre tres y cinco días laborales para que ya esté constituida. El capital mínimo para crearla es de $10,000, el cual no debe ser pagado, como en otros países.

También se puede crear con un capital mayor, no obstante, deberá pagar un impuesto adicional al momento de la inscripción. Con el tiempo también podrás aumentar el capital registrado, pero deberás hacer modificaciones en el Pacto Social ya inscrito.

La administración de la sociedad está a cargo de la Junta Directiva, la cual se compone de no menos de 3 personas, que podrán ser nacionales o extranjeros, y los mismos podrán ocupar uno o mas cargos como Dignatarios de la Sociedad (no existe un limite para los Dignatarios, pero suelen componerse de un Presidente, un Secretario y un Tesorero).

Todo sobre el pago de renta, libros de la sociedad y costo anual

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Existen dudas frecuentes con respecto a mantener los libros de la sociedad en Panamá o en el país en el que opera.

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No es necesario que los libros sean emitidos o sellados en Panamá, si no opera físicamente aquí. Puedes llevar la contabilidad en el país donde resides, sin embargo, David Medrano advierte que producto de una reciente modificación a la norma, la Sociedad deberá enviar los registros contables al Agente Residente en original o en copia de forma anual, salvo excepciones, como el caso de las Sociedades que operen dentro de Panamá.

Medrano recomienda tener en cuenta que debe de haber un agente residente designado en la sociedad, puede ser un abogado idóneo o firma de abogados de la República de Panamá, el cual se convierte en el enlace entre los accionistas y el Estado, para cualquier comunicación o requerimiento administrativo o judicial. Este Agente Residente podrá asistirle en el pago de la tasa anual de registro que debe pagar la Sociedad, si así lo establecen al momento de su designación.

Hay un costo anual para mantener la vigencia de la sociedad, el cual es de $300 (tasa anual de registro). Debes sumar también los honorarios que te esté cobrando el abogado que se desempeña como agente residente.

Ventajas de constituir una sociedad anónima en Panamá:

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  • Por el principio impositivo de territorialidad que aplica en la República de Panamá, las Sociedades reciben exención de impuestos con respecto a actividades o transacciones comerciales fuera de la República de Panamá.
  • Los Accionistas Directores o Dignatarios pueden ser de cualquier nacionalidad y pueden vivir en cualquier país.
  • No se requiere presentación de estados financieros, ni declaración de rentas anuales; si no tiene ingresos derivados de operaciones dentro del territorio panameño.
  • Pueden ser constituidas por tiempo indeterminado y ser utilizadas en este país como en cualquier parte del mundo siempre y cuando las actividades sean conforme a la ley.

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